III.- CONCLUSIONES
Analizados los contenidos precedentemente expuestos en este Informe --los cuales se acompañan como Anexos I y II del presente Informe--, que dan cuenta de la situación que afecta a los trabajadores portuarios del país a raíz del proceso de transformación y modernización de los terminales portuarios, vuestra Comisión ha llegado a las siguientes conclusiones en cada uno de los ordenes de ideas mandatadas por la Corporación en su Proyecto de Acuerdo que le dio origen:
1.- Acuerdos suscritos por el Gobierno con los trabajadores portuarios relativos a sus beneficios en materia de jubilación, reconversión laboral e indemnizaciones.
Los siguientes son los acuerdos suscritos por representantes del Gobierno con las organizaciones de trabajadores portuarios, en el marco del proceso de transformación y modernización de los terminales portuarios del país:
a.- Acuerdo Final entre el Gobierno, la Empresa Portuaria de Chile y la Federación de Trabajadores Portuarios de Chile, de fecha 26 de agosto de 1997.
b.- Acta de Acuerdo entre los señores Ministros del Trabajo y de Transportes y Telecomunicaciones y la Coordinadora Marítima Portuaria, de fecha 5 de abril de 1999.
C.- Acuerdo entre el Gobierno y la Coordinadora Nacional Marítimo Portuaria, de fecha 18 de agosto de 1999.
d.- Convenio de transferencia de recursos para la ejecución de un programa para la generación de nuevas alternativas laborales para ex trabajadores portuarios SENCE-SERCOTEC, de fecha 12 de enero de 2000.
e.- Anexo al Acuerdo entre el Gobierno y la Coordinadora Marítima Portuaria, de fecha 27 de marzo de 2000.
f.- Convenio de transferencia de recursos para la ejecución de un programa para la generación de nuevas alternativas laborales y de asesoría técnica para la puesta en marcha de proyectos empresariales para ex trabajadores portuarios. SENCE-SERCOTEC, de fecha 20 de abril de 2000.
g.- Convenio Fondo de Solidaridad e Inversión Social y SERCOTEC, de fecha 27 de abril de 2000.
h.- Acuerdo Final entre el Gobierno y la Coordinadora Marítimo Portuaria del Puerto de Iquique, de fecha 1 de septiembre de 2000.
i.- Acuerdo Final entre el Gobierno y la Coordinadora Nacional Marítimo Portuaria, de fecha 21 de noviembre de 2000.
j.- Convenio de transferencia de recursos para la ejecución de un programa para la generación de nuevas alternativas laborales y de asesoría técnica para la puesta en marcha de proyectos empresariales para ex trabajadores portuarios. SENCE-SERCOTEC, de fecha 14 de diciembre de 2000.
k.- Convenio Subsecretaría de Transportes y SERCOTEC, de fecha 2 de enero de 2002.
l.- Acta de Acuerdo para la ejecución del Convenio celebrado entre la Subsecretaría de Transportes y el SERCOTEC, de fecha 28 de enero de 2002.
m.- Anexo Privado al Acuerdo Final entre el Gobierno y la Coordinadora Marítimo Portuaria del Puerto de Iquique, sin fecha.
2.- Forma en que se ha dado cumplimiento a estos acuerdos y los dineros involucrados en ellos, detallando específicamente su destino y el número e identificación de los trabajadores portuarios beneficiados.
A partir de los antecedentes obtenidos en el marco de la investigación es posible observar que, a partir del marco normativo de la ley 19.542, y de los programas de beneficios implementados para los trabajadores portuarios, al menos, la existencia de un acuerdo nacional, que operó y opera en la mayoría de los puertos privatizados; un programa especial para ex trabajadores del Puerto de Lirquén, y un acuerdo privado para parte de los ex trabajadores portuarios de Iquique.
La existencia de denuncias de infracciones en la implementación de los diversos programas de beneficios que arrancan de cada uno de estos instrumentos, permite conocer, a partir de sendos informes de la Contraloría General de la República, los montos involucrados, sus destinos y los trabajadores sujetos de los mismos, como consta del Anexo I al presente informe.
En la especie, la Contraloría General de la República ha formulado un Reparo en Juicio de Cuentas por la suma de $2.220.050.000, en contra de los señores Vicente Patricio Tombolini Véliz, ex Subsecretario de Transportes, Roberto Marcelo Alvarado Arraigada, ex Coordinador Portuario de la Subsecretaría de Transportes, y Luis Andrés Rengifo Briceño, ex Jefe del Departamento de Operaciones de dicha entidad.
Asimismo, y en forma separada, se está formulando, por el citado organismo contralor, otro Reparo por la suma de $220.000.000, en contra de Vicente Patricio Tombolini Véliz, ex Subsecretario de Transportes, por haber autorizado pagos a beneficiarios eximiéndolos de los requisitos para tales efectos.
3.- Autoridades de Gobierno que participaron en la negociación, discusión y suscripción de estos acuerdos y las fechas en que éstos se suscribieron.
Entre las autoridades de Gobierno que aparecen suscribiendo los diferentes documentos en los cuales se plasmaron los acuerdos nacionales o particulares con los trabajadores portuarios figuran:
a.- Acuerdo Final entre el Gobierno, la Empresa Portuaria de Chile y la Federación de Trabajadores Portuarios de Chile, de fecha 26 de agosto de 1997, los señores Juan Villarzú Rohde, a la fecha Ministro Secretario General de la Presidencia y Claudio Hohmann Barrientos, entonces Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
b.- Acta de Acuerdo entre los señores Ministros del Trabajo y de Transportes y Telecomunicaciones y la Coordinadora Marítima Portuaria, de fecha 5 de abril de 1999, los señores Germán Molina Valdivieso, entonces Ministro del Trabajo y Seguridad Social, y el señor Claudio Hohmann Barrientos, a la fecha Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
c.- Acuerdo entre el Gobierno y la Coordinadora Nacional Marítimo Portuaria, de fecha 18 de agosto de 1999, el señor José Miguel Insulza, entonces Ministro Secretario General de la Presidencia.
d.- Convenio de transferencia de recursos para la ejecución de un programa para la generación de nuevas alternativas laborales para ex trabajadores portuarios SENCE-SERCOTEC, de fecha 12 de enero de 2000, los señores Ignacio Larraechea L., entonces Director del SENCE, e Isabel Pinochet U., a la fecha Subgerente General de SERCOTEC.
e.- Anexo al Acuerdo entre el Gobierno y la Coordinadora Marítima Portuaria, de fecha 27 de marzo de 2000, los señores Carlos Cruz Lorenzen, entonces Ministro de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, y Patricio Tombolini Veliz, a la fecha Subsecretario de Transportes.
f.- Convenio de transferencia de recursos para la ejecución de un programa para la generación de nuevas alternativas laborales y de asesoría técnica para la puesta en marcha de proyectos empresariales para ex trabajadores portuarios. SENCE-SERCOTEC, de fecha 20 de abril de 2000, los señores Daniel Farcas Guendelman, entonces Director Nacional de SENCE, y Patricio Fernández Séyler, a la fecha Gerente General de SERCOTEC.
g.- Convenio Fondo de Solidaridad e Inversión Social y SERCOTEC, de fecha 27 de abril de 2000, los señores Patricio Fernández Séyler, a la fecha Gerente General de SERCOTEC, y Mario Ossandón Cañas, entonces Director Ejecutivo del FOSSIS.
h.- Acuerdo Final entre el Gobierno y la Coordinadora Marítimo Portuaria del Puerto de Iquique, de fecha 1 de septiembre de 2000, los señores Patricio Tombolini Veliz, entonces Subsecretario de Transporte, don Jorge Tapia Valdés, a la fecha Intendente Regional de Tarapacá, y don Rigoberto Sánchez Fuentes, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones.
i.- Acuerdo Final entre el Gobierno y la Coordinadora Nacional Marítimo Portuaria, de fecha 21 de noviembre de 2000, el señor Carlos Cruz Lorenzen, entonces Ministro de Obras Públicas y Transportes.
j.- Convenio de transferencia de recursos para la ejecución de un programa para la generación de nuevas alternativas laborales y de asesoría técnica para la puesta en marcha de proyectos empresariales para ex trabajadores portuarios. SENCE-SERCOTEC, de fecha 14 de diciembre de 2000, los señores Daniel Farcas Guendelman, entonces Director Nacional de SENCE, y Raquel Alfaro Fernandois, a la fecha Subgerenta General de SERCOTEC.
k.- Convenio Subsecretaría de Transportes y SERCOTEC, de fecha 2 de enero de 2002, el señor Patricio Tombolini, entonces Subsecretario de Transportes, y la señora Raquel Alfaro Fernandois, Subgerente General de SERCOTEC.
l.- Acta de Acuerdo para la ejecución del Convenio celebrado entre la Subsecretaría de Transportes y el SERCOTEC, de fecha 28 de enero de 2002, la señora Raquel Alfaro Fernandois, Subgerente General de SERCOTEC, y Lautaro Pérez Contreras, entonces Subsecretario de Transportes Subrogante.
La Comisión deja expresa constancia que, en relación al Acuerdo Final entre el Gobierno y la Coordinadora Marítimo Portuaria del Puerto de Iquique, de fecha 1 de septiembre de 2000, existe un Anexo Privado, el que no se encuentra fechado, pero que a juzgar por la fecha en que se remitió por fax desde las oficinas del ex Senador don Sergio Bitar, habría sido suscrito el 9 de julio del año 2000, el que se encuentra suscrito por los señores Patricio Tombolini Veliz y Andrés Rengifo Briceño.
En dicho documento, del que tomó conocimiento de su existencia, pero no de su contenido, durante su visita inspectiva a la ciudad de Iquique, por boca del señor Jorge Silva Verón, Presidente de la Coordinadora Marítima Portuaria del Puerto de Iquique, se otorgan una serie de beneficios a dicha organización para la adjudicación de beneficios sin cumplir con los requisitos generales que imponía el Acuerdo Final entre el Gobierno y la referida Coordinadora.
4.- Catastro de las presuntas irregularidades detectadas en los procesos descritos anteriormente, con pronunciamiento en torno a las responsabilidades involucradas.
Vuestra Comisión, a la luz de su investigación ha detectado las siguientes irregularidades en los procesos anteriores:
a.- El denominado “Programa de Protección Social”, firmado por el señor José Miguel Insulza, entonces Ministro Secretario General de la Presidencia, se desglosa en los siguientes programas:
- Programa de Desvinculación Laboral
- Programa de Empleo con Sueldo Base Garantizado, y
- Programa de Fomento a la Microempresa.
Entre otros aspectos es necesario hacer notar, y subrayar que el Programa de Desvinculación Laboral, consideró, en calidad de requisitos habilitantes, el hecho de que los postulantes tuvieran más de 40 años de edad; 15 años de servicios en el sector portuario y haber sido desplazados del sector.
Asimismo, se debe tener presente que el Programa de Protección Social, originó sendos convenios entre Sercotec; Fosis, Sence, y Subsecretaría de Transportes.
Desde la perspectiva tanto de la suscripción como de la selección de los beneficiarios es posible observar antecedentes que podrían incorporar elementos de responsabilidad administrativa y/o penal, en su caso, los que han sido objeto de presentaciones a la Contraloría General de la República y a los Tribunales del Crimen, específicamente al 2º Juzgado del Crimen de Valparaíso, proceso Rol 139-001-H.
Desde la perspectiva de la selección de los beneficiarios debemos tener presente los siguientes aspectos:
a.- Hubo tres llamados, en los que es posible distinguir claramente los responsables en el aparato del Estado. En el primer llamado participaron el Ministerio de Transportes, la Secretaría general de la Presidencia y el Ministerio del Trabajo y Previsión Social. En el segundo y tercer llamado el ente a cargo fue la Subsecretaría de Transportes.
b.- Que a solicitud de la Federación de Trabajadores Portuarios de Valparaíso, FETRAPOVAL, la Subsecretaría de Transportes aprobó un convenio ad referéndum con la Intendencia de la V Región, con el objeto de otorgar beneficios a 43 ex trabajadores portuarios, por un monto de $ 220.000.000.-, bajo el sistema de administración de fondos de terceros.
El examen del desarrollo de estos procesos permite –como señala el informe de la propia Contralora General Subrogante- observar al menos los siguientes elementos anómalos:
a.- El acuerdo de 18 de agosto de 1999 aparece suscrito –entre otros- por don Walter Astorga Lobos, el que no se habría encontrado en el país en esa fecha.
b.- Respecto del programa de reconversión laboral, recibieron beneficios 53 personas que no cumplían con los requisitos habilitantes –mayor de 40 años, 15 de desempeño en el sector, y haber sido desplazado de él-, recibiendo aportes por un monto de $ 428.520.000.-.
c.- Se observa que 38 carpetas no cuentan con los antecedentes de respaldo para acreditar los años de servicio en el sector portuario, y a pesar de ello recibieron beneficios por un monto de $ 298.920.000.
d.- En la entrega a ex trabajadores beneficiarios del Programa de Reconversión es posible observar ausencia de respaldo con documentos fehacientes de la calidad de tales, sólo se cuenta con fotocopia de cédula de identidad y una declaración jurada, en la entrega de fondos por un monto de $ 220.000.000.-.
e.- Se entregaron recursos por un monto de $ 428.520.000.- a personas que no reunían los requisitos estipulados.
f.- Se entregaron recursos por un monto de $ 298.920.000.- a ex trabajadores con antecedentes incompletos.
g.- Ausencia de rigurosidad en la selección de postulantes por parte de la Subsecretaría de Transportes, no velando esta institución por el correcto destino de los fondos públicos.
h.- Se pactaron, al margen del acuerdo final con los trabajadores portuarios del puerto de Iquique, condiciones de otorgamiento de los beneficios pactados que no guardan relación con la seriedad y rigurosidad con que debieran administrarse los recursos públicos.
IV.- PROPOSICIONES
Por las consideraciones anteriores, resultado de un laborioso, meditado y estudiado análisis de los numerosos antecedentes y testimonios que se han recogido durante el desarrollo de esta investigación por parte de los integrantes de esta instancia, vuestra Comisión expone a esta H. Corporación las siguientes proposiciones:
1.- Solicitar al Consejo de Defensa del Estado el estudio de estos antecedentes con el objeto de que interponga las acciones judiciales en contra de quienes resulten responsables de los eventuales delitos que se puedan haber cometido por parte de funcionarios públicos y, en su caso, se haga parte en los procesos penales actualmente en tramitación.
2.- Solicitar a la Contraloría General de la República instruya los correspondientes sumarios administrativos en contra de aquellos funcionarios públicos que aparecen comprometidos en los hechos investigados hasta hacer efectiva su total responsabilidad administrativa, prosiguiendo con los juicios de cuentas ya iniciados en contra de quienes resulten responsables.
3.- Solicitar a S.E. el Presidente de la República imparta las instrucciones pertinentes y necesarias a fin de que situaciones como las producidas en este proceso no vuelvan a repetirse en los futuros llamados para el otorgamiento de los beneficios en los cupos aún no entregados, y
4.- Encomendar a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de la Corporación el seguimiento y fiscalización de los diversos aspectos involucrados en la entrega de beneficios en el marco del proceso de transformación y modernización de los terminales portuarios del país, a la luz de los antecedentes recopilados en esta investigación.
SALA DE LA COMISION, a 9 de agosto de 2005.
Pedro N. Muga Ramírez
Abogado-Secretario de la Comisión
Movimiento cívico que procura la participación ciudadana en la gestión de la comuna de Valparaíso, Chile. Integrado por personas que residen en la ciudad y que tienen una vocación de servicio a la comunidad desde sus correspondientes visiones, profesiones o actividades. Es un grupo pluralista, democrático, que cree en la proyección de Valparaíso al mundo como una oportunidad de desarrollo para las personas que lo habitan.
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